Cuatro procedimientos permitieron la retención de divisas no declaradas en el Aeropuerto Internacional El Dorado

Bogotá, D. C. En los últimos días, mediante acciones de control aduanero desarrolladas en coordinación con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), se obtuvieron cuatro resultados operacionales en el Aeropuerto Internacional El Dorado, relacionados con el transporte de divisas que no habían sido declaradas ante la autoridad aduanera. 

Cuatro procedimientos permitieron la retención de divisas no declaradas en el Aeropuerto Internacional El Dorado

Categoría: Nacionales | Fecha: 08/10/2026

Los procedimientos fueron desarrollados en las zonas de llegadas y salidas internacionales, con la participación de uniformados de la División de Control Operativo Bogotá y el apoyo de guías y caninos especializados en la detección de divisas. 



En la zona de llegadas internacionales se realizaron dos procedimientos a viajeros procedentes de Curazao y Panamá, a quienes les fueron detectados 20.525 y 24.296 dólares estadounidenses, respectivamente, para un total de 44.821 dólares, que no habían sido declarados conforme a los requisitos establecidos. Las divisas, equivalentes aproximadamente a $148 millones de pesos colombianos, fueron retenidas y puestas a disposición de la autoridad competente. 



De igual manera, en la zona de salidas internacionales se adelantaron otros dos procedimientos. En el primero fueron detectados 12.000 euros, equivalentes aproximadamente a más de $44 millones de pesos colombianos; mientras que en el segundo se encontraron 9.400 euros y $2.027.000 pesos colombianos equivalentes a más de 36 millones de pesos. En ambos casos se evidenció el incumplimiento de la obligación de declarar las divisas ante la autoridad aduanera. 



En total, los cuatro procedimientos permitieron la retención de 44.821 dólares estadounidenses, 21.400 euros y 2.027.000 pesos colombianos, recursos que fueron puestos a disposición de la autoridad competente para adelantar las actuaciones administrativas correspondientes. 



Es importante recordar que los viajeros que ingresen o salgan del territorio nacional con montos sujetos a la obligación de declaración deben cumplir con los requisitos establecidos por la autoridad aduanera, entre ellos la presentación del Formulario 530, cuando corresponda. 



Finalmente, invitamos a los viajeros internacionales a informarse previamente sobre los requisitos establecidos para el transporte de dinero en efectivo y a cumplir con las obligaciones de declaración ante la autoridad aduanera.



La ciudadanía puede informar cualquier situación irregular sobre el contrabando a través de la Línea Anticontrabando 159, WhatsApp 321 394 2169 o el correo electrónico polfa.anticontrabando@policia.gov.co. Se garantiza absoluta reserva de la información. 



Dios y patria 

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