Quinta Brigada suspende el porte de armas en su área de operaciones con ocasión de la posesión presidencial que se realizará el 07 de agosto
La medida regirá desde las 00:00 horas del jueves 6 de agosto hasta las 06:00 horas del domingo 9 de agosto de 2026, en cumplimiento de las disposiciones adoptadas a nivel nacional, para fortalecer la seguridad durante este evento.
Con el propósito de contribuir al mantenimiento del orden público y garantizar las condiciones de seguridad con ocasión de la posesión presidencial, la Quinta Brigada del Ejército Nacional expidió la Resolución No. 00006468 del 4 de agosto de 2026, mediante la cual se ordena la suspensión general del porte de armas de fuego y armas traumáticas en toda su área de operaciones.
La medida estará vigente desde las 00:00 horas del jueves 6 de agosto hasta las 06:00 horas del domingo 9 de agosto de 2026, como parte de las disposiciones adoptadas por el Gobierno Nacional para preservar la tranquilidad ciudadana y contribuir al normal desarrollo de los actos programados para este 7 de agosto.
La restricción aplica en los 95 municipios del área de operaciones de la Quinta Brigada, comprendidos por los 87 municipios del departamento de Santander, los municipios de Aguachica, Gamarra, San Alberto, San Martín y Río de Oro, en el sur del Cesar, Cáchira y La Esperanza en Norte de Santander y el municipio de Yondó, en Antioquia.
La suspensión del porte de armas de fuego y armas traumáticas se adopta conforme a la normatividad vigente y a las directrices impartidas por el Gobierno Nacional, el Ministerio de Defensa Nacional y el Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos.
La Quinta Brigada del Ejército Nacional informa que están habilitadas las líneas 107 contra el terrorismo y la 147 para denunciar delitos contra la libertad personal como extorsión y secuestro, al tiempo que reafirma su compromiso con la seguridad e invita a la ciudadanía a acatar esta medida temporal evitando inconvenientes con las autoridades, quienes podrán tomar acciones judiciales contra las personas que incumplan con lo establecido en la presente resolución.



